La Red Mundial aplaude los pasos que ha dado Chile para acabar con la prohibición absoluta del aborto, al expandir el acceso al aborto legal y seguro
La Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos (RMMDR) da la bienvenida a la reciente aprobación de la despenalización del aborto en casos donde la vida de la mujer embarazada está en riesgo, o en casos de inviabilidad extrauterina del feto por la Comisión de Salud del Congreso de Chile,[1] e insta a la Comisión a aprobar también la causal de aborto por violación, tal como ha sido recomendado por el gobierno actual.
La reciente recomendación de la Comisión de Salud chilena es un gran paso adelante para las mujeres en Chile, en tanto que representa un compromiso de respetar, proteger y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y mujeres, incluyendo sus derechos a la salud, a la integridad personal y a vivir libre de malos tratos y violencia.[2] Siendo una red mundial- representando a más de 1000 miembros alrededor del mundo- que defiende y promueve la salud y los derechos sexuales y reproductivos, incluyendo el acceso al aborto legal y seguro, desde la RMMDR llamamos al Congreso chileno a votar a favor de la despenalización del aborto en las tres causales señaladas. Asimismo instamos al Estado Chileno a tomar este paso fundamental de expandir el derecho de las mujeres y las niñas al acceso al aborto legal y seguro, adoptando las leyes nacionales de conformidad con los estándares y compromisos regionales e internacionales de derechos humanos.
La penalización del aborto no ha demostrado lograr reducir los índices de aborto; por el contrario, en países donde el aborto es altamente restringido, como en Chile, éste es normalmente inseguro, forzando a las mujeres a comprometer su salud y frecuentemente a arriesgarla.[3] Son las mujeres jóvenes, pobres y solteras quienes tienen mayor probabilidad de recurrir a un aborto inseguro, demostrando el impacto que tienen las leyes restrictivas del aborto en perpetuar la desigualdad y la injusticia social. En este sentido, la prohibición absoluta del aborto- aún en casos de violación, incesto, o cuándo la salud o la vida de la mujer está en riesgo-, es una violación grave de derechos humanos y constituye violencia institucional.
Como ha sido señalado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW), el “fracaso de un Estado de proporcionar servicios y la criminalización de algunos servicios que sólo las mujeres requieren es una violación de los derechos reproductivos de las mujeres y constituye discriminación en contra de ellas.”[4] El Comité contra la Tortura (CAT) también ha sostenido que las leyes punitivas del aborto violan el derecho de las mujeres a vivir libres de tratos crueles, inhumanos y degradantes.[5] Y como lo estableció el Relator Especial al derecho de toda personal al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental en su Informe Especial:
“Las leyes penales que castigan y restringen el aborto inducido son el ejemplo paradigmático de las barreras inaceptables que impiden a las mujeres ejercer su derecho a la salud y, por consiguiente, deben eliminarse. Estas leyes atentan contra la dignidad y autonomía de la mujer al restringir gravemente su libertad para adoptar decisiones que afecten a su salud sexual y reproductiva. Asimismo, generan invariablemente efectos nocivos para la salud física, al ser causa de muertes evitables, morbilidad y mala salud, y para la salud mental, entre otras cosas porque las mujeres afectadas se arriesgan a caer en el sistema de justicia penal. La promulgación o el mantenimiento de leyes que penalicen el aborto puede constituir una violación de la obligación de los Estados de respetar, proteger y hacer efectivo el derecho a la salud.”[6]
Durante la Primera Conferencia Regional de Población y Desarrollo, Chile y otros gobiernos de Latinoamérica y el Caribe firmaron el Consenso de Montevideo en el que se reconoció la importancia de “[…] modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes[…]”[7]
En este sentido, instamos la Comisión de Salud de Chile a:
- Priorizar el tema del aborto legal y seguro de conformidad con los compromisos internacionales adquiridos previamente, tales como la Convención para Eliminar de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Programa de Acción de la Conferencia de Población y Desarrollo, la Convención de Belém do Pará, y otros tratados y estándares regionales e internacionales de derechos humanos;
- Aprobar el proyecto de ley por el que se despenaliza el aborto en tres causales, tal como lo recomendó el gobierno actual, concretamente en casos para preservar la vida de la mujer embarazada, en caso de inviabilidad extrauterina del feto, y en casos de violación;
- Instar al Pleno del Congreso a votar a favor del proyecto para expandir el acceso de las mujeres al aborto legal y seguro.
[1] Aborto: Comisión Aprobó Causales de Inviabilidad del Feto y de Riesgo para la Madre (2015).
[2]Center for Reproductive Rights (2011), Briefing Paper: Safe and Legal Abortion is a Woman’s Human Right.
[3] Guttmacher Institute (2012), Facts on induced abortion worldwide.
[4] Traducción no official. Committee on the Elimination of Discrimination Against Women (CEDAW) (2014). Statement of the Committee on the Elimination of Discrimination Against Women on sexual and reproductive health and rights: Beyond 2014 ICPD review, p. 1-2.
[5] CAT/C/PER/CO/4, para. 23; CAT/C/NIC/CO/1, para. 16; and CAT/C/CR/32/5, para. 7.
[6] Interim Report of the Special Rapporteur on the right of everyone to the enjoyment of the highest attainable standard of physical and mental health, A/66/254 para. 21.
[7] 22013 Montevideo Consensus on Population and Development, Para. 42.